jueves, 19 de marzo de 2009

PARECE PARECE ........QUE VIENE LA EXPRESIDIARIA MEDINA A TACNA

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Según la quebradita del Diablo del diario del Correo de Tacna, está confirmado que Magaly Medina viene a la ciudad heroica para participar en el pasacalle del Gran Remate de Carnaval en Tacna.

RPP ya lo informó el viernes 13 de marzo, Ciudad de Tacna quiere declarar a Magaly Medina ´Visitante Distinguida´ seguido por supuesto de las siguientes críticas:

Charly

DONWON TIENE RAZON. TACNA ESTA LLENA DE ESA LACRA DE PUNEÑOS IGNORANTES. Y POR ELLO EL ASQUEROSO RESENTIDO DE HUMALA Y TODOS SUS ANIMALITOS QUE LO SIGUEN, TIENEN EL CAMPO PERFECTO PARA HACER SUS ESTUPIDECES SI EL GORDO GRASOSO DE SU ALCALDE PERMITE ESTA ABERRACION DE PREMIAR A LA BURRA MAGALY, ES PORQUE SABE QUE AHORA TACNA ESTA LLENA DE PUNEÑOS CON EL CEREBRO DE PIOJO.

leopardo

La costumbre de nosotros los Peruanos lo que es bueno es malo y lo que es malo es bueno. Vamos muchachos reconozcamos que ha hecho un buen trabajo lo único que ha echo Magaly es informar los malos comportamientos de las personas y eso no es culpa de ella los culpables son ellos que no cuidan su imagen, como estamos acostumbrados hacer en esta país lo que se nos da la gana y que no se nos diga nada, además sin Magaly la noche seria aburrida

DOWNTOWN


SEGURO QUE EL ALCALDE TIENE SU "AMPAY" Y YA LE ESTA PASANDO LA MANO A LA MOSTRA ; APARTE DE TODO ESTE CIRCO, EN TACNA YA NO QUEDAN TACNEÑOS, 95 % SON DE PUNO Y YA SABEMOS COMO SE PORTAN, POR ESO ES QUE EL ZÁNGANO DE OLLANTA ES BIEN RECIBIDO POR ESOS CAVERNICOLAS CON DNI

CARLOS

Urgente, Urgente. A construir mas colegios en Tacna para que no salgan mas Torres. URGENTE.

OTRO

Cojudeces de ese tipo nos pinta de cuerpo entero a los peruanos. Por un lado la justicia condena benevolamente a un personaje que ha hecho del chisme y la maledicencia su medio de vida y por otro lado el Congreso y algunas autoridades municipales la premian o distinguen. Ejemplo para las futuras generaciones.

AERÓDROMO DE COLLIQUE HABRÍA SIDO DONADO POR JOSÉ ABELARDO QUIÑONEZ

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José Abelardo Quiñones, mártir de la Fuerza Aérea, donó a Collique su último sueldo antes de morir por el Perú. Dos ministros serán acusados de traición a la patria por vender el aeródromo ilegalmente.

El gobierno de Alan García ha traicionado al país y al legado que dejó uno de nuestros más ilustres héroes, al vender ilegalmente el aeródromo de Collique, y es que los congresistas Isaac Mekler y Víctor Andrés García Belaunde, quienes investigan este caso, presentaron ayer una carta inédita que el aviador José Abelardo Quiñones envió a su hermano Raúl Quiñones el 25 de julio de 1941, dos días antes de morir en la guerra con Ecuador.La carta referida señala que el último deseo de Quiñones fue donar su última quincena como teniente de la Fuerza Aérea a la Liga Nacional de Aviación, organización que realizaba entonces una colecta con la finalidad de comprar el terreno donde se construyó el aeródromo con el fin exclusivo de fomentar la aviación civil.

Uyuyuyyyyyyyyy................ el gobierno desconoce valoración de los mártires del Perú.

ME SIENTO PERUANO - ALAN Y LOS COMECHADOS

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TODOS SOMOS PERU

En el mapa N° 1 se observa la situación actual de la zona en litigio entre Chile y Perú. El primero sostiene que la frontera marítima se define a través de una línea horizontal que superpone (visto en el área verde) las 200 millas peruanas.
En la imagen N°2 se observa el planteamiento peruano, segú el cual una línea equidistante (ver líneas en color verde) divide los límites marítimos, en forma proporcional.

Unidos contra Chile....



Habla Manuel Rodriguez Cuadros:

la memoria a mi juicio debería establecer y probar que:

a. La Declaración de Santiago no establece método ni norma delimitadora alguna entre Perú y Chile.

b. El Convenio de 1954 es de naturaleza administrativa –no pesquero– que regula un régimen de exención de sanciones a embarcaciones de pesca artesanal.

c. La referencia, en el Convenio de 1954, a un límite preexistente por el paralelo “entre los dos países” se refiere a la norma delimitadora contenida en el Art. IV de la Declaración de Santiago que se aplica solo a la frontera peruano-ecuatoriana, debido a la presencia de islas. En la hipótesis negada de otra interpretación, no puede deducirse de esa frase el establecimiento de un límite marítimo, conforme lo establecen el derecho internacional y la jurisprudencia de la Corte.

d. El Acuerdo de 1968, establecido por intercambio de notas diplomáticas de ambos países, conforme al texto idéntico de ambas notas no se refiere al establecimiento de límite marítimo alguno, sino a la construcción de faros de enfilación para orientar a pequeñas embarcaciones pesqueras para facilitar la ejecución del acuerdo administrativo de 1954. Consecuentemente, el informe técnico de 1968 y el Acta de 1969, que no son t***dos internacionales, sólo ejecutaron el mandato contenido en ese acuerdo.

e. No existió ni existe en el derecho internacional andino o americano normas consuetudinarias de delimitación marítima distintas a la costumbre general, y menos un derecho consuetudinario que haya consagrado el paralelo como límite entre los dos países.

f. No se ha establecido límite alguno a través de la aquiescencia que supuestamente habría otorgado el Estado peruano, aceptando un hipotético límite por el paralelo a través de sus actos propios.

g. El punto de partida del límite marítimo es el denominado punto Concordia, aquel donde el mar converge con el territorio continental y no el del hito número uno, conforme está establecido de manera indubitable en el T***do de 1929, en las actas de la comisión demarcadora de límites y en el acuerdo específico que los dos gobiernos adoptaron –a iniciativa del gobierno de Chile– para solucionar el impasse que surgió sobre este asunto durante el proceso de demarcación.

h. El espacio marítimo de 28,471 km que se encuentra fuera del área de la controversia marítima es dominio marítimo del Perú conforme a la ley interna (Ley de líneas de base) y el derecho internacional. Consecuentemente, la pretensión de Chile de considerarla “alta mar” sujeta a su tesis del mar presencial, es ilícita y sin sustento jurídico.El no solicitar el trazo de una línea única, sino una línea específica para el mar territorial, la plataforma continental y la zona económica exclusiva, responde a una visión ortodoxa del derecho internacional y es funcional a una mejor defensa de intereses nacionales.En lo procesal, el gobierno de Chile, dentro de los próximo noventa días, presentaría un recurso de excepciones preliminares, aduciendo básicamente dos: la incompetencia de la Corte en la materia y la inadmisibilidad de la demanda. El objetivo de toda excepción preliminar no es ganar tiempo, sino terminar el juicio cuando recién empieza, preservando el statu quo.

Ante recursos de excepciones preliminares, la Corte tiene tres opciones:

1) Acogerlas, en cuyo caso se corta el juicio y se consagra el límite por el paralelo. 2) Rechazarlas, entonces se retoma el juicio principal.

3) Determinar que las excepciones no solo tienen naturaleza procesal, sino que tocan el fondo de la materia, en tal situación se admite la demanda, se regresa al juicio principal y se resuelve, a la vez, al final del juicio, fondo y forma.El juicio excede la responsabilidad de los gobiernos.

Alejandro Toledo tomó la decisión de ir a la Corte, previamente en su gobierno se construyó la argumentación jurídica peruana, se agotó la instancia de las negociaciones como requisito obligatorio para recurrir a la Corte, se reconoció la Competencia obligatoria de la Corte, se retiraron las reservas al Pacto de Bogotá, se aprobó la Ley de líneas de base, se cont***ron los estudios jurídicos de 12 notables juristas internacionales, se obtuvo el respaldo de la Comisión Consultiva de Relaciones exterior para recurrir a la Corte, se informó y debatió el tema en el Congreso de la República y se elaboró el proyecto de demanda.Al Presidente García le ha correspondido materializar la demanda, presentar la memoria y quizás la mayor parte del “sub juicio” sobre excepciones preliminares. El próximo gobierno asumirá la parte sustantiva del proceso y la sentencia. Es un tema de estado, de interés nacional, que excede a los gobiernos. Es una responsabilidad de la Nación. Y el gobierno debe t***rlo en esa calidad y con ese respeto.