En el Perú es lícito llevar para consumir ley 28002:
- 5 gr. de pasta básica de cocaína.
- 2 gr. de clorhidrato de cocaína.
- 8 gr. de marihuana o dos gramos de sus derivados.
- 1 gr. de látex de opio o 200 miligramos de sus derivados.
¿Pero de dónde sale estas drogas? No pueden salir de un vendedor porque comercializar estos tipos de drogas es delito. Tons el alcalde de surquillo propone que las venda el estado a través del Minsa.
Osea que drogarse en el Perú es lícito bajo los anteriores parámetros.